jueves, 23 de julio de 2015

Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1.812. [Historia de España, 2º de Bachiller]



A. Introducción

Carlos IV era hijo de Carlos III. Con su reinado (1788-1808) empieza la crisis del Antiguo Régimen, que termina con la invasión de la Península por las tropas de Napoleón. La familia real española fue llevada hasta Bayona para que renunciara al trono español, que queda en manos del hermano de Napoleón: José Bonaparte o José I. Con esta maniobra, conocida como las Abdicaciones de Bayona, España se convertía en una monarquía satélite de Francia. 


-EL MOTÍN DEL 2 DE MAYO DE 1808. Las tropas francesas se extendieron por toda la Península para imponer a la población y a las autoridades el nuevo poder. En Madrid se produce un levantamiento popular contra las tropas francesas, que son combatidas por las clases populares y por algunos sectores del ejército español. El ejército reprime muy duramente la revuelta fusilando a un elevado número de madrileños a las afueras de la ciudad. Este motín desemboca en la Guerra de la Independencia (1808-1813).

B. Desarrollo

Durante la guerra vamos a encontrar dos modelos políticos en España:

A). El modelo político de José Bonaparte. Se rodea de ilustrados y afrancesados españoles (españoles partidarios de la nueva situación) para dotar de legitimidad a su reinado. Se proclama el Estatuto de Bayona (1808), que no llega a ser aplicado en su totalidad debido a la guerra; esta será la nueva ley fundamental del reino. En el estatuto se planteaba un régimen autoritario basado en el poder absoluto del rey, se proclama el catolicismo como religión oficial del reino y se establecen unas Cortes en las que están representados los tres estamentos: nobleza, clero y pueblo llano. También se recogen derechos individuales y libertades económicas. Recoge la herencia del despotismo ilustrado con las dificultades propias del período de guerra.

B). El modelo político nacional. Durante la guerra se produce una revolución política entre los españoles que no apoyan el nuevo régimen. Aparecen nuevas instituciones creadas por el pueblo que poco a poco darán forma al nuevo régimen liberal, desembocando en la Constitución de Cádiz de 1812.

1. De las Juntas a las Cortes.

Una de las principales instituciones que se creó durante este período fueron las Juntas: se trata de organismos de ámbito local y provincial compuestos por ilustrados, militares, clérigos y otras personalidades elegidas por el pueblo. Las Juntas tuvieron que coordinarse a nivel político y militar. Para ello se organizaron las Juntas Supremas Provinciales y, más tarde, una Junta Suprema Central con sede en Cádiz. Con la finalidad de contrarrestar el Estatuto de Bayona y la asamblea convocada por José Bonaparte, la Junta Suprema Central decidió convocar unas Cortes. En las Cortes están representados los diputados de toda España, incluidas las zonas ocupadas por el ejército francés, que tuvieron como representantes a ciudadanos de esos territorios que se encontraban en Cádiz. La asamblea estaba compuesta por abogados, funcionarios, militares, clérigos, nobles, comerciantes y propietarios, todos en la misma cámara; no hay campesinos ni trabajadores.


En las Cortes podemos diferenciar tres grupos ideológicos:

1. LIBERALES (izquierda). Quieren imponer cambios radicales y dotar a las Cortes de toda la soberanía. Consiguen imponer sus criterios y son los auténticos vencedores.

2. JOVELLANISTAS (centro). Quieren establecer un compromiso entre la nación y el rey a través de unas Cortes estamentales.

3. ABSOLUTISTAS (derecha). Contrarios a toda reforma. Defienden el sistema tradicional: toda la soberanía queda en manos del rey, que la recibe directamente de Dios.

2. La Constitución de 1812.

La finalidad de las Cortes consiste en reformar las antiguas instituciones del reino para acabar con los restos del Antiguo Régimen. Entre estas reformas nos encontramos con la Constitución de 1812, donde los liberales consiguen imponer sus criterios.

-Soberanía nacional. La soberanía queda en manos de la nación, que está formada por la totalidad de los españoles (incluidos los habitantes de las colonias). El Estado debe garantizar esta condición a todos los ciudadanos.

-División de poderes y monarquía parlamentaria. El sistema de gobierno será una Monarquía Parlamentaria donde el poder del rey está limitado por los poderes legislativo y judicial. La división de poderes queda de la siguiente manera:

1) Poder legislativo. Cortes unicamerales.
2) Poder ejecutivo. Rey.
3) Poder judicial. Tribunales.

-Reconocimiento de los derechos individuales. Libertad, propiedad privada, igualdad jurídica y fiscal, inviolabilidad del domicilio, garantía penal, libertad de expresión…  

-Catolicismo como religión oficial del Estado. Todos los ciudadanos deben ser católicos. Se prohíben
otros cultos y religiones. El poder que tiene la Iglesia en España hace imposible cualquier otra solución.

-Reforma del sistema electoral. Se establece un sufragio universal masculino indirecto: pueden votar todos los hombres, a excepción de sirvientes y vagabundos; las mujeres no votan. El sistema de voto es indirecto porque los electores no eligen a los diputados a Cortes, sino a unos representantes encargados de elegirlos.

-Democratización de la vida municipal. Las corporaciones municipales serán renovadas anualmente. Alcaldes, regidores y concejales serán elegidos por el pueblo.

-Milicia nacional. Cuerpo civil armado encargado de defender la nación, la Constitución y el nuevo Estado liberal. Es independiente del ejército.

3. Medidas sociales y económicas.

1. DESAPARICIÓN DE LOS DERECHOS FEUDALES. Los señores feudales ya no pueden cobrar impuestos ni administrar justicia a los campesinos. La propiedad de la tierra se mantiene en las mismas manos, de manera que los señores feudales se convierten en propietarios de las tierras que quedaban dentro del señorío.

2. NUEVA DESAMORTIZACIÓN. Las siguientes tierras quedan en manos del Estado para ser vendidas en subasta pública: tierras de los afrancesados (españoles partidarios de José Bonaparte), de las órdenes militares disueltas, de los monasterios destruidos durante la guerra y la mitad de las tierras municipales.

3. DESAPARICIÓN DE LA INQUISICIÓN. La Iglesia conserva parte de su poder al instaurar el catolicismo como religión oficial de España, pero a cambio pierde el poder que ejercía a través del tribunal de la Inquisición.

4. REFORMAS EN EL SISTEMA DE COMERCIOS. Desaparecen las aduanas internas (dentro del territorio español) y los gremios.

C. Conclusión

La Constitución de 1812 es la primera ley fundamental aprobada por un parlamento nacional en toda la historia de España. Sus principios básicos están inspirados en la Revolución Francesa de 1789. La Constitución de 1812 fue la bandera que enarbolaron los liberales durante las tres primeras décadas del siglo XIX. Debido a la guerra no pudieron realizarse todas las reformas planteadas. A pesar de todo, sirvió para fijar los principios del liberalismo español y tuvo una importante influencia internacional. 


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